sábado, 17 de diciembre de 2011

EL MALTRATO ANIMAL

Maltrato Animal  

Los seres  humanos, durante el transcurso de nuestra vida acostumbramos  a rodearnos  de mascotas o animales afectivos  como  se acostumbra a llamar;  llegando estos  a formar parte  de nuestra familia , recibiendo cuidado y protección y nuestros mas puros sentimientos.
      Sin embargo,  cuando vamos  a realizar nuestras compras  en un mercado  y vemos esos  apetitosos envases  que contienen alimentos de origen  animal; invitándonos  a comprar  o sencillamente cuando disfrutamos  de una cena  en casa  donde esta presente este componente de nuestra dieta. Jamás nos hacemos  la pregunta
  • ¿Como llego la carne  a ese  atractivo envase que compramos?
  • ¿En que condiciones  fue sacrificado el animal ?
  • ¿Sufrió maltrato al vivir o al momento de  morir?
        Debiera preocuparnos, por que  cual seria nuestra reacción,   si a alguien se le ocurriera tomar  a nuestra querida mascota aplicarle el cruel  castigo que se muestra a continuación, luego envasar sus restos y venderlos en el mercado.

Escalofriante  comparación, pero  la diferencia solo radica en que  unos viven con la dicha de recibir nuestra protección y otros simplemente abandonados  a su suerte.
           Los animales no tienen voz, no pueden hacer  demandas ni acusaciones judiciales, por  maltrato ni abuso;  por eso resulta tan fácil para algunos descargar tanta crueldad y vileza,  a  quien solo puede  emitir un gruñido antes de  morir sabiendo que su crimen permanecerá  oculto en el anonimato y el descuido de la ley.
     Los criminalistas  y  psicólogos,  sostienen   que existe relación entre las personas que disfrutan dañando a los animales en  edades tempranas  y sus conductas violentas  posteriores, para con la sociedad de echo  muchos de los asesinos seriales en sus primeras etapas  de la vida, abusaron de animales por eso hoy  son tratadas  con mas responsabilidad  las manifestaciones  de abuso animal en la etapa de la  niñez,  como un posible  indicador de trastornos de adaptación futura .
                       El maltrato animal  en las ultimas dos  décadas  ha logrado  tocar  la sensibilidad de muchas  personas,  con  el surgimiento de organizaciones,  que luchan contra la  caza indiscriminada  de animales, la protección de su habitad y la forma  en que son sacrificados   estos;  antes de llegar  a manos del consumidor. El establecer  un trato correcto  a los animales  se ha convertido también en un requisito indispensable entre  los productores y comercializadores de  este rubro;  como sucede  en países desarrollados  como Europa y  EE.UU.
       Muchos  defensores del vegetarianismo,  han asumido también  esta lucha planteando  que el consumo de carne también resulta un crimen;  pero  es conocido que las dietas totalmente  vegetarianas pueden causar  deficiencias  de vitaminas D y B12,  que  aunque esta necesidad  puede suplirse por otros alimentos no cárnicos, se conoce que estas vitaminas  solo se encuentran en productos  de origen animal. Por otro lado estudios  científicos,  vinculan el consumo de carne  a  la evolución  del hombre, el desarrollo  del cerebro y al surgimiento de la  inteligencia humana.
                      Respetando las  opiniones diversas de cada persona y la forma de alimentarse elegida por cada cual;  lo que  resulta injustificable y no puede seguir gozando  de impunidad,  son las imágenes que contiene  el video mostrado con anterioridad.  Todos aquellos torturadores que disfrutan del maltrato animal,  deberían  recibir la condena social  de todos los que habitamos el planeta y sentimos  respeto por la vida. Aunque  los animales sean  un componente  de nuestra  alimentación, lo menos que merecen es una vida  en  condiciones aceptables y si su destino es formar parte de la cadena alimenticia,  un sacrificio  con el menor sufrimiento posible.
LA LEY PENAL 14346 PARA MALTRATO DE ANIMALES
Ley Penal 14346
Buenos Aires, 27 de setiembre de 1954
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina,
reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º_Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infrigiere malos tratos o hiciere víctimas de actos de crueldad a los animales.
Artículo 2º_Serán considerados actos de maltrato:
  1. No alimentar en calidad y cantidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
  2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas
  3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
  4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
  5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
  6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Artículo 3º_Serán considerados actos de crueldad:
  1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o personas que no estén debidamente autorizadas para ello.
  2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
  3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
  4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
  5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
  6. Causar la muerte de animales grávidos cuando el estado sea patente en el animal, y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se funden sobre la explotación del nonato.
  7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.
  8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
Artículo 4º_Comuníquese al Poder Ejecutivo.
TEISAIRE-Reales-BENÍTEZ-Gonzáles

DENUNCIAS POR MALTRATO DE ANIMALES
Hemos visto estos últimos días una manga de desquiciados incendiando palomas y las hicieron volar
Vemos cotidianamente caballos muertos de hambre que son sobrecargados, maltratados hasta el punto de morir en la vía publica
También vemos maltratos de animales domésticos por sus dueños
Bueno para estos casos cuando van a hacer la denuncia digan así:
VENGO A HACER UNA  DENUNCIA POR INFRACCION ALA LEY PENAL 14346 
Es obligación del funcionario publico (policía) tomar la denuncia y es obligación de toda persona que tenga conocimiento de maltratos de animales de hacer la denuncia siempre amparados en la Ley Penal 14.346 -
Que podemos hacer en caso de maltrato de animales?
INFORMAMOS LOS PASOS A SEGUIR PARA RADICAR DENUNCIAS.


Se debe tener presente que:

1. Es un delito penado por el Código Penal.

2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.

3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen.


LEY 14.346 - DENUNCIAS POR MALTRATO
Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país:

1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.

2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (21 años) y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.

3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionario que la recibe.

En Capital Federal: en la Comisaría de la zona o en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en Viamonte 1147 – Cap.
En Provincia: en la Comisaría de la zona ó en UFI Unidad de Fiscalía de Instrucción.

ES OBLIGACION del funcionario público (POLICIA) tomar la denuncia: LA LEY DE PROTECCIÓN AL ANIMAL NRO. 14.346 es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”. Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse a realizar la denuncia.

4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.

5. Pedir en la Comisaría o Fiscalía el Nro. de Expediente de manera de poder seguir la causa para que la misma no muera.

6. En caso de muerte del animal deberá colocar el cuerpo en la heladera hasta que un veterinario verifique la muerte y expida un certificado para que se practique una necropsia. La necropsia debe realizarla un organismo oficial para que el certificado tenga validez legal (Ej: Facultad de veterinaria en Capital Federal 4524-8400). Luego agregar los resultados al expediente y seguir la causa.



VENTA DE ANIMALES

En el caso de animales expuestos en negocios en malas condiciones o en la vía pública, se deberá denunciar en la Municipalidad correspondiente por violación a las normas referidas a la exposición y venta de animales vivos. Los teléfonos del GCBA son 08009992727/08002222247. En el interior del país, hay que comunicarse con la Municipalidad de cada municipio.


COMERCIO DE ANIMALES NO DOMESTICOS

Se consideran animales domésticos a los perros y los gatos. Ellos, como animales, son las únicas dos especies que pueden vivir felizmente en nuestro hogar. Los animales no domésticos (reptiles, aves, peces, tortugas y el resto del mundo animal) sólo viven adecuadamente en su hábitat.

Al tener un animal silvestre en nuestras casas, lo estamos condenando a la peor de las existencias. Pensemos en cómo nos sentiríamos dentro de una pecera o una jaula en la que no podamos movernos libremente, lejos de otros de nuestra especie, sin poder tener un compañero, una familia, y sobre todo, vivir como lo dicta la propia naturaleza. Si no queremos esto para nosotros, no se lo hagamos a un animal.

Para devolverlo a su hábitat, comunicarse con ECAS (Estación de Cría de Animales Silvestres), Camino Centenario KM 16200, Parque Pereyra Iraola, Partido de Berazategui. Teléfono: 0221-487-0920.

Son pocas las especies cuyo comercio, lamentablemente, está permitido por la ley.
Aun así, la mayoría de estos animales proviene de la caza furtiva y el tráfico ilegal, el mismo que los somete a condiciones de vida deplorables, los mantiene y transporta hacinados, sufriendo el frío o el calor extremos, mal alimentados y enfermos y que, sobre todo, es el principal causante de su extinción.

Nuestra nueva acción es estar atentos: para denuncias o consultas, comunicarse con el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina: 4383-9586 y 4381-3110, Moreno 1417, 3er. Piso, Cap. Fed.


TRACCION A SANGRE EN CAPITAL FEDERAL

Ciudad de Buenos Aires
Decreto Ordenanza 12.867

La Ordenanza Municipal Nro. 12.867 prohíbe la tracción a sangre en la Ciudad de Buenos Aires.
Cuando se detecta un carro tirado por caballo en el ámbito de la Capital Federal, hay que dirigirse al primer policía que se encuentre en la calle para que lo detenga de inmediato.


TRACCION A SANGRE EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO VER ORDENANZA 7354

En caso de ver tracción a sangre en cualquier zona del partido, denunciar inmediatamente en la Inspección General de la Municipalidad de San Isidro: 4512-3411/3011.


TRACCION A SANGRE EN EL RESTO DEL PAIS

Si bien la tracción a sangre está permitida en casi todo el país, se puede hacer la denuncia por maltrato en la Comisaría correspondiente de acuerdo a la Ley de Protección al Animal 14.346





Moraleja para las perreras, protectoras y animalistas:

No existen perros malos, agresivos ni "no adoptables" existen perros maltratados, incomprendidos, con miedo, con terror, porque el animal llamado ser humano es un maltratador nato, sádico y egoísta, que siempre tiene que cuidar sus intereses aunque haga servicios sociales a costa del sufrimiento de otros. Yo quisiera saber cómo reaccionaríamos cada uno de nosotros si nos tiraran a la calle, sin dinero, sin comida, sin agua, nos pegaran, nos maltrataran, luego nos enlazaran, nos metieran en una jaulay se nos mirara como bestias. Yo por miparte, saldría a matar al que se me acercara, pero los perros no. Son tan nobles que después de lo que les hacemos, salen y lamen nuestra mano y nos dan amor.

No hay comentarios:

Publicar un comentario